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« Último mensaje por SANTICOS en Febrero 14, 2018, 08:04:40 pm »
A ver, hombre "DETENTE" un momento a leer y analizar las cosas, no te "PARES" en mantener una actitud de marear el tema y tergiversar en mayor o menor medida lo expuesto., que te vas a volver a ESTRELLAR. Como ya te dije en el otro tema y te lo demostré, haces el ridículo al querer interpretar/reinterpretar la ley como te da la gana y aplicar tus criterios de actuación SIN CONOCER/SABER cómo funciona el sistema.
TE he puesto la LEY/NORMATIVA, donde DICE CLARAMENTE que las compañías deben ser ESTRICTAS .
TE he puesto la NORMATIVA/INSTRUCCIONES/AVISO de Ryanair donde DICE que es EN EL MOMENTO de la RESERVA cuando hay que CONSULTAR el SARA.
TE he puesto el mini-esquema (para tont@s) de cómo se hace la consulta.
SE indica CON TOTAL CLARIDAD que la CONFIRMACIÓN se recibe ANTES de confirmar la RESERVA.
Y ni por esas (ni te vale la Ley, ya sea la de Seguridad Vial u otra, el Reglamento de Circulación, el B.O.E, ni las normativas CLARAS Y CONTUNDENTES de la compañía). Don erre que erre continúa haciendo el ridículo.
NO, NO ES LO MISMO que la G.C.. La G.C. ACCEDE IN SITU al registro. Y aquí NO, aquí ES EL VIAJERO el que debe INICIAR EL PROCEDIMIENTO durante el proceso de RESERVA. La Compañía NO ACCEDE AL REGISTRO, la Ley de Protección de Datos LO PROHIBE. Sólo se envía una solicitud de CONFIRMACIÓN al SARA, que NO ES LO MIMOS que consultar el registro. ¿Te lo vuelvo a explicar más lentito?
Sí, en el 2012 se empezó a implantar; buuuuf... otra explicación que te tengo que dar como a los niños pequeños!!!: El sistema SARA había que instalarlo (software y esas "cosas") y fue poco a poco, y hasta el 2014 (con una interrupción intermedia por haberse detectado gran cantidad de fraude) no fue obligatorio disponer del mismo.
No obstante, como ya he explicado párrafos antes, cuándo entró en funcionamiento u operatividad total o parcial, es irrelevante; NO FUNCIONA como tú, en tu desconocimiento e ignorancia (idénticas a las mías, pues NUNCA había oído hablar del SARA hasta ahora) das a entender.
Defiendes lo más vergonzoso que se puede defender (a mi juicio);
Que un trabajador SEA INCOMPETENTE e INCUMPLA LA LEY.
Que una compañía (sus responsables/representantes) INCUMPLAN LA LEY;
1. Las compañías aéreas y sus agentes, en el ámbito de sus responsabilidades respectivas, darán estricto cumplimiento a los requisitos establecidos en este Real Decreto.
Ahora me dirás que "estricto" es para dejar o recoger pasajeros, que lo veo venir!!!
Que una empleada inepta provoque QUE NO LE PAGUEN a su empresa la parte subvencionada...
OOOOOOH, que NO SABÍAS que "los dineros" que se ahorra el pasajero con el descuento LOS PAGAMOS TOD@S NOSOTR@S a las compañías de transportes!!!!
Será que pensabas que Ryanair y las otras empresas son tan "majas" que hacen "precio especial" por deferencia hacia esos pasajer@s.
Es curioso que un asunto SIMPLÓN - una pasajera a la que DENIEGAN el embarque CORRECTAMENTE por no presentar la documentación VÁLIDA y aplicando ESTRICTAMENTE la Ley, tal y como están obligados- se convierte en una defensa a ultranza del incumplimiento de la Ley y de las obligaciones de una empleada (la de facturación).
Supongo que en breve aplicarás aquello que escribías de "otros tiempos", "porque lo digo yo y punto", etc y pondrás el candado al tema.
Democracia en estado puro. Congratulations.